INADMISIBLE LEY DEL EMBUDO

Resulta medularmente imprescindible en la estabilidad política y social de un país, ponderar la contingencia en la que expertos en específica rama internacional coinciden, el “mal uso del asilo”, incuestionable y tácitamente se ha sentado un precedente en las relaciones diplomáticas latinoamericanas, sintetizando y en claro castellano, México desafío políticamente a Ecuador sin soslayar, el error consolidado en asalto por parte de fuerzas de elite a la embajada mexicana.

“Actualidad Informativa” en indubitable y salomónico parangón y análisis específico de los hechos, de los extremos y desaprensivos errores en los que incurrió tanto México como Ecuador; sostiene que deben precautelarse, proteger la institucionalidad, antelando el potencial riesgo en medida violatoria del derecho internacional, el primero por asilar a un individuo con sentencia ejecutoriada y varios procesos judiciales por corrupción y la comisión de otros delitos comunes. Ecuador, por no respetar la inviolabilidad de las embajadas que está regulada en la Convención de Viena desde el año 1961.

Juzgamos como intolerable, la inaudita injerencia en políticas internas de un país o estado libre y soberano, máxime si conllevan responsabilidades con sentencias judiciales que de acuerdo a la Convención de Caracas: “Sentencia como no lícito, el conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos” (art 3, Convención de Caracas), denotándose que resulta inicua la introversión de López Obrador por lo reiterativo en la región sobre el asilo diplomático.

¡Consiguientemente amerita reflexionar…!!!

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